1. Relación jurídica entre la Ley y las AFORE
La Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar NO reforma la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, NO obliga a las AFORE a invertir ni autoriza directamente el uso de los recursos de los trabajadores.
La ley crea y regula mecanismos de inversión (esquemas de participación mixta y vehículos financieros) en los cuales, si cumplen la normatividad financiera vigente, pueden participar inversionistas institucionales, entre ellos las AFORE, bajo su propio régimen regulatorio.
Esto está explícitamente limitado por el marco financiero existente
2. ¿Cómo pueden participar las AFORE según la Ley?
a) A través de Vehículos de Propósito Específico (VPE)
La Ley reconoce figuras jurídicas como fideicomisos o sociedades diseñadas exclusivamente para financiar proyectos de infraestructura estratégica.
Estos vehículos:
- Canalizan recursos a proyectos específicos
- Separan riesgos del resto de activos
- No generan obligaciones automáticas para el Estado
Las AFORE pueden invertir en estos vehículos solo si cumplen su régimen de inversión autorizado por la CONSAR.
b) Mediante Esquemas de Participación Mixta
La ley sustituye el modelo tradicional de APP por esquemas donde el Estado conserva la rectoría, permitiendo inversión privada o social en:
- Financiamiento
- Construcción
- Operación
- Mantenimiento
Las AFORE participan como inversionistas financieros, no como operadoras ni dueñas de los proyectos.
3. Límites legales sobre los recursos de las AFORE
Un punto clave:
👉 La Ley NO fija el porcentaje de inversión de las AFORE.
El límite de hasta 30% en instrumentos estructurados:
- Ya existía desde antes
- Está establecido por la CONSAR, no por esta Ley
La propia Asociación Mexicana de AFORE (AMAFORE) y autoridades financieras confirmaron que:
- La ley no modifica ni amplía los límites de inversión
- Toda inversión sigue sujeta a análisis de rentabilidad, riesgo y seguridad